Canal de denuncias
El procedimiento trata de regular la recepción, tratamiento, investigación y resolución de las denuncias sobre presuntas irregularidades o incumplimientos cometidos por empleados, agentes comerciales, directivos o socios de negocios, que puedan surgir en el ejercicio de la actividad empresarial de PROA SUR S.L., situaciones de riesgos por exposiciones derivadas de las interconexiones con la Administración Pública y otros organismos públicos.
Debiendo seguirse actualmente la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, así como la reciente Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, publicada en el BOE del 21/02/2023, con entrada en vigor el 13/03/2023.
Ámbito de denuncias
Se podrá comunicar cualquier posible irregularidad o incumplimiento relacionado con malas prácticas financieras, contables, comerciales o de cumplimiento normativo cometidas por empleados o sociedades del Grupo.
Comunicación de la denuncia
La comunicación se realizará desde la página web de PROA SUR S.L., cumplimentando el formulario adjunto que se remitirá al Código ético de PROA SUR S.L.
Las denuncias serán recibidas por los miembros de la Unidad de Cumplimiento de PROA SUR S.L.
Contenido de la denuncia
Las denuncias recibidas deben contener los datos necesarios para poder llevar a cabo el análisis de los hechos denunciados. Así, las comunicaciones recibidas deberán cumplir como mínimo los siguientes requisitos:
- Exposición clara y detallada de los hechos.
Identificación de la sección y lugar en la que hayan tenido lugar. - Nombre y datos de contacto del denunciante y su vinculación con PROA SUR S.L. para facilitar el análisis y seguimiento de la denuncia.
- Identificación de las personas involucradas con el comportamiento denunciado o con conocimiento del mismo.
- Momento en el que ocurrió o ha estado ocurriendo el hecho.
- Cuantificación, siempre y cuando sea posible, del impacto del hecho denunciado sobre los estados financieros, si fuese el caso.
- Aportar, si se considera necesario, documentos, archivos u otra información que se estime relevante para la evaluación y resolución de la denuncia.